“Esta parte manifiesta la improcedencia de tomarlo en consideración, por no encontrarse en ninguno de los casos a que se refiere el art. 270. 1. y, dada su evidente intención dilatoria y mala fe procesal en la presentación del documento, deberá imponer al demandante (o demandado) una multa de ciento ochenta, a mil doscientos euros, de acuerdo con el art. 270.2”.
Alegaciones impugnando un documento presentado en momento no inicial del proceso
“Esta parte manifiesta la improcedencia de tomarlo en consideración, por no encontrarse en ninguno de los casos a que se refiere el art. 270. 1. y, dada su evidente intención dilatoria y mala fe procesal en la presentación del documento, deberá imponer al demandante (o demandado) una multa de ciento ochenta, a mil doscientos euros, de acuerdo con el art. 270.2”.