“Esta parte manifiesta la improcedencia de tomarlo en consideración, por no encontrarse en ninguno de los casos a que se refiere el art. 270. 1. y, dada su evidente intención dilatoria y mala fe procesal en la presentación del documento, deberá imponer al demandante (o demandado) una multa de ciento ochenta, a mil doscientos euros, de acuerdo con el art. 270.2”.
Actualidad Ministerio de Justicia
Actualidad TSJ Andalucía
- El juez continúa el procedimiento contra un exalto cargo de la Junta de Andalucía y otras cuatro personas investigadas en una pieza del caso ERE por las ayudas de 3,4 millones a Springer Arteferro 12 mayo, 2022
- Condenado a cuatro años de cárcel el piloto de la embarcación que arrolló a otra en la playa de Getares (Algeciras) en 2018 y provocó la muerte de un menor 10 mayo, 2022
- La Audiencia de Almería condena a cuatro años de prisión a un jugador de fútbol por un delito de abuso sexual 4 mayo, 2022